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Conozca algunos de los proyectos que se tramitan en el Congreso que impactarán a la ganadería

Por - 04 de Febrero 2022

El 16 de marzo se inicia la última legislatura del actual Congreso de la República, precisamente tres días después de las elecciones de senadores y representantes a la Cámara.


El 16 de marzo se inicia la última legislatura del actual Congreso de la República, precisamente tres días después de las elecciones de senadores y representantes a la Cámara.

Para esta última legislatura de los actuales congresistas hay algunos proyectos sobre los cuales vale la pena prestar atención porque tienen implicaciones importantes que se deben conocer.

Uno de ellos es “por el cual se crea una especialidad judicial agraria y rural, se establecen los mecanismos para la resolución de controversias y litigios agrarios y rurales y se dictan otras disposiciones”. 

Pormedio del mismo se busca regular el marco procesal que rige las actuaciones judiciales y mecanismos alternativos para la resolución de los litigios y controversias respecto de los derechos de propiedad, posesión, ocupación, usufructo, servidumbre, uso y tenencia de bienes inmuebles ubicados en suelo rural, así como los asuntos de naturaleza agraria previstos en la legislación agraria vigente. (Lea: Alerta por proyectos de ley que atentan contra la ganadería)

Esta iniciativa se encuentra actualmente en trámite para la plenaria de la Cámara de Representantes que fue por donde se presentó el proyecto.

Al respecto la Sociedad de Agricultura de Colombia (SAC), en su momento hizo una serie de observaciones como que “los principios que se tendrán en cuenta para la interpretación de las disposiciones de este proyecto de ley: democratización del acceso y uso adecuado de la tierra, desarrollo integral del campo, y desarrollo sostenible, consideramos los mismos se pueden considerar principios del derecho sustancial, pero no del derecho procesal. Por otro lado, el principio uso prevalente y necesario de mecanismos alternativos de solución de conflictos y participación comunitaria rural, consideramos no es claro los efectos jurídicos de las expresiones “el derecho propio de los pueblos y comunidades”, y si este prevalecerá frente al derecho ordinario”.

El gremio reitera la necesidad que se deje claro que sólo se podrá conciliar sobre lo que ya está determinado así por ley, y no sobre todos los asuntos de conocimiento de la especialidad que se pretende crear con este proyecto de ley. Frente al derecho de propiedad, es importante reevaluar que la conciliación sea al mecanismo para resolver este tipo de conflictos.

Por su parte, el presidente de Fedegán, José Félix Lafaurie, también se manifestó en su momento e indicó que es un proyecto que tiene su origen en el Acuerdo Final con las Farc y específicamente en la Reforma Rural Integral convirtiéndose en “otro ataque a la propiedad privada de la tierra”.

Además se busca aumentar la burocracia cuyo costo es superior a la JEP sin sentido en las actuales dificultades fiscales. Es así como propone crear en la jurisdicción ordinaria la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia; las Salas Agrarias y Rurales de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial; los juzgados agrarios y rurales del Circuito. Y en la jurisdicción contencioso administrativa la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, las Salas Agrarias y Rurales de los Tribunales Administrativos, los Juzgados agrarios y rurales administrativos. (Lea: “Solicitamos no aprobar proyecto de ley sobre protección animal, es populista e irreal”: Lafaurie Rivera)

Cero deforestación

Otro de los proyectos que quedaron pendientes en la legislatura anterior y se encuentra para ponencia en primer debate es “Por medio de la cual se modifican las leyes 914 de 2004 y 1659 de 2013, se crea el sello de “carne libre de deforestación” y se dictan otras disposiciones”.

Dicha iniciativa tiene como objeto consolidar los sistemas de trazabilidad animal existentes en el país, como lo son el Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad Animal (SNIITA) y el Sistema Nacional de Identificación e Información de Ganado Bovino (SINIGAN), en un instrumento para la lucha contra la deforestación que vive el país.

Allí se contempla la creación del Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad Animal, como un sistema integrado por un conjunto de instituciones, normas, procesos, datos e información, desarrollado para generar y mantener la trazabilidad en las especies de interés económico y ambiental pertenecientes al eslabón de la producción primaria y a través del cual se dispondrá de información de las diferentes especies, para su posterior integración a los demás eslabones de las cadenas productivas hasta llegar al consumidor final. Adicionalmente, el Sistema se constituirá como una herramienta para la lucha contra la deforestación.

Igualmente se contempla el Sello “Carne bovina libre de deforestación”, el cual será un certificado expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a partir de la información brindada por el SINIGÁN y el SNIITA. Este sello se genera en favor de un productor de cárnicos de origen bovino cuando garantice que en ninguna de las fases de su producción los animales hayan ocupado zonas que hubieren sido total o parcialmente deforestadas en los últimos 10 años.

El Sello “Carne bovina libre de deforestación” será de carácter obligatorio para todos los productores de carne bovina que se encuentren ubicados en los departamentos cuya tasa anual de deforestación anual sea superior al 1 %, calculado sobre el total de la superficie cubierta por bosque natural en sus respectivas jurisdicciones. Esta información deberá ser debidamente certificada por el Ideam. (Lea: El proyecto de ley de protección animal, un verdadero despropósito)

Las plantas de beneficio de autoconsumo, las de beneficio nacional, las de transformación y desposte, o cualquier otro centro encargado de la conversión del ganado, deberán exigir el Sello “carne bovina libre de deforestación” como requisito previo e indispensable para procesar un animal que provenga de las zonas antes mencionadas.

Código de bienestar animal

Igualmente, está para segundo debate en la Cámara el proyecto de ley “Por el cual se expide el código nacional de protección y bienestar animal”.

El mismo tiene por objeto establecer los postulados de bienestar animal, así como los principios en la interacción de los seres humanos con los animales; reconocer y desarrollar la titularidad de los derechos de los animales; determinar las garantías mínimas de protección sobre los animales.

Así mismo, fijar los deberes que los humanos tienen frente a la protección y bienestar de los animales; prevenir, minimizar y eliminar el dolor y el sufrimiento de los animales; promover la salud y el bienestar de los animales, asegurándoles higiene, sanidad y condiciones apropiadas de existencia; erradicar y sancionar el maltrato y los actos de crueldad contra los animales; asignar competencias administrativas en materia de bienestar y protección animal; incentivar programas educativos a través de medios de comunicación del Estado y de los establecimientos de educación oficiales y privados, que promuevan el respeto y el cuidado de los animales; y, fijar las normas generales que servirán de base a las disposiciones y reglamentaciones necesarias para proteger, restaurar o mejorar las condiciones relativas al Bienestar Animal.

El proyecto fue acumulado con otro “por medio del cual se incorporan las mutilaciones como forma de maltrato animal”. (Lea: Gremios ganaderos rechazan proyecto de ley de protección animal)

En ambos casos, lo que se busca es la necesidad de un cambio de concepción en el que los animales, además de ser reconocidos como seres sintientes, obtengan una verdadera titularidad de derechos que les garantice la protección efectiva frente al sufrimiento y la explotación de la que han sido objeto durante siglos, según sus autores.

No obstante, esto genera controversia por cuanto los animales si bien son sujetos de bienestar y se les debe respetar las cinco libertades establecidas por la OIE, no se puede hablar de derechos ya que esto es algo que por ley solo compete a los seres humanos.

Cédula animal

Una iniciativa más que continuará su trámite en el Congreso en la próxima legislatura es “por medio del cual se crea la Red Colombiana de Identificación Animal (RCIA), la cédula animal y se dictan otras disposiciones”.

El proyecto de ley que entrará a trámite en el Senado busca en primer lugar que la implantación del microchip de identificación animal sea de carácter obligatoria, además crea la plataforma virtual Red Colombiana de Identificación Animal (RCIA) que busca especialmente tener una plena identidad del animal consolidando un mínimo de información que se considera relevante a la hora de cualquier eventualidad.

De modo que con la obligatoriedad del microchip y con la plataforma RCIA se espera contribuir con un verdadero proceso de búsqueda que sea más ágil y oportuno que permita mitigar directamente factores como lo son la pérdida, secuestro y/o robo del animal. Acto seguido se incluye la disposición de expedir el certificado en línea denominado cedula animal por parte de las veterinarias, que para efectos del proyecto de ley serán los que a partir de la promulgación de la misma llevarán a cabo el proceso de implantar el microchip en los animales en todo el territorio nacional. (Lea: Fedegán reitera advertencias sobre reforma a la propiedad de la tierra rural)

Así las cosas, el proyecto de ley establece un completo, focalizado y genuino registro de los animales logrando entre otras cosas proponer un sentido de conciencia mucho más responsable por parte de los propietarios quienes estarán con esta ley bajo un marco mucho mayor de seguridad para sus animales que hoy en día son parte integra de las familias.

Uso de animales en manifestaciones

Otro proyecto que comenzará su debate en la Cámara es el que “prohíbe el uso de animales para disuadir manifestaciones, motines, asonadas o cualquier otra afectación del orden público y se dictan otras disposiciones”.

Según los autores “si bien en la actualidad existe un importante número de normas y pronunciamientos jurisprudenciales que reconocen a los animales en su calidad de seres sintientes e incluso desde el año 2016 se tipificó como delito el maltrato animal, a la fecha no existen disposiciones que regulen el uso de animales por parte de la fuerza pública, en especial en aquellos escenarios en los que su participación no es definitiva y, en cambio, los somete a daños en su salud, integridad o incluso la muerte”.

Añaden que “en ese sentido, no guarda ni proporcionalidad, ni necesidad, el uso de animales, principalmente caballos o perros, como “herramientas” o medios para controlar el orden público, más cuando para estos efectos la fuerza pública cuenta con unos protocolos especiales que implican el uso de armaduras y armamento especial, teniendo en cuenta los riesgos que se derivan de dicha actividad”.  

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