Sin fórmula de estudio los Ministerios de Salud, Agricultura, Comercio e Invima encontraron la mágica solución para reducir los costos de las carnes, mediante la inaplicación o flexibilización del Decreto 1500 y otros, con la creación de las Plantas de Autoconsumo, que escapan a la normatividad vigente.
El decreto 2026 del 2023 abre la posibilidad de reapertura de los mataderos municipales, eximiéndoles de responsabilidad con la inocuidad de las carnes (art 4° Parágrafo), llevando a una alta exposición sanitaria a quienes utilicen y consuman estas proteínas sin el adecuado manejo tanto en el beneficio, redes de frío, transporte, almacenamiento y disposición; amén de todas las talanqueras que se pueden venir para las exportaciones de carnes que podrían verse afectadas por falta de claridad en procesamiento y procedencia.
Los procesos que garantizan inocuidad de la carne, en plantas de carácter Nacional pasa a ser voluntaria art 4°, que modifica el art 26 del decreto 2270/2012, la implementación del sistema de análisis de peligros y puntos críticos de control HACCP (Desaparece en plantas de autoconsumo, exponiendo de manera grave y constante a consumidores de carnes que se procesen sin el estricto control sanitario), retrocedemos en el tiempo a cambio un supuesto abaratamiento de las carnes.
El decreto actual en su art 6°, permite el transporte no especializado de las carnes, parágrafo 1°, transporte revuelto, es decir “en un mismo vehículo se podrán transportar alimentos con diferentes riesgos biológicos, siempre y cuando se encuentren debidamente separados”, lo que lleva a una alta exposición de contaminación cruzada, e implica burocratización, corrupción sobreviniente en las Secretarías de Salud e Invima, en el control previo y la creación de puestos de control especializados posterior.
El artículo 9° del decreto permite la destrucción y desnaturalización de las carnes decomisadas en plantas exponiendo gravemente la operación de estas al riesgo de contaminación generalizada, contrario a las exigencias del decreto 1500, solo se exigen condiciones básicas para esta operación.
Redes de frío, Art 11, autoriza en el plazo de hasta 12 meses contados de la entregada de autorización de operaciones, en el mientras tanto las plantas de carácter Nacional pueden operar sin redes de frío, que garantizan en principio la inocuidad parcial de las carnes, cabe anotar que las carnes procesadas en la planta de beneficio nacional, sólo podrán ser transportadas en ese municipio, ¿cómo lo garantizarán que no salgan del territorio de su jurisdicción?, más burocracia y corrupción.
La expedición de este decreto permisivo, en los efectos de inocuidad puede poner en veremos la posibilidad de exportaciones de carnes, más hoy frente a los exigentes requisito para el ingreso al mercado de la China contenidas en los protocolos para las plantas de beneficio con destino a la exportación y la admisibilidad sanitaria requerido de inocuidad de la proteína son en extremo exigentes y este decreto los relaja so pretexto de reducir costos de la carne en el consumo nacional.
Hoy no solo se exporta carnes transformadas, el mercado de ganados en pies se ha venido fortaleciendo constantemente, gracias a Fedegan-Fep- y Aexgan, muy a pesar de las arremetidas de Animalistas, Veganos, Vegetarianos y Ambientalistas, dándole valor a la empresa Ganadera y al Ganadero, como precio al ganado cercano a la media global. Qué sería del futuro de nuestra ganadería sin esta válvula de escape y depender exclusivamente de las exportaciones de carnes.
A estos efectos funestos a la salud pública, inocuidad, se adiciona la posibilidad de poner en vilo el estatus sanitario, burocratización, corrupción, contratación indebida e incentivo al Abigeato, sacrificio ilegal sin control que podría camuflarse en las plantas de autoconsumo. Todo un ramillete de consecuencias contrarias a lo pretendiendo.
@lacoutu