Un juez del Tribunal Administrativo de Cundinamarca sancionó al presidente con una multa equivalente a 15 salarios mínimos por no atender exigencia de rectificar señalamientos de “bandido y ladrón” contra directivo de Coosalud.
El presidente de la República, Gustavo Petro, fue sancionado por desacato tras incumplir una orden judicial que le exigía rectificar declaraciones en las que señalaba de corrupción a Jaime Miguel González Montaño, exgerente de la EPS Coosalud.
La decisión, adoptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, le impone el pago de una multa cercana a los 28 millones de pesos. El fallo marca un nuevo episodio en la tensión entre el ejercicio del poder político y los límites legales de la libertad de expresión, especialmente cuando se trata de acusaciones sin sustento probatorio.

La controversia se remonta a publicaciones realizadas por el mandatario en su cuenta oficial de X, en las que lanzó fuertes señalamientos contra González Montaño. En uno de esos mensajes, el presidente afirmó que “El gerente de Coosalud es un bandido y un ladrón”, una declaración que generó una acción de tutela por presunta vulneración al buen nombre y a la honra.
La justicia ordenó al jefe de Estado retractarse y rectificar sus afirmaciones. Sin embargo, el mandatario no cumplió con dicha orden en los términos exigidos, lo que derivó en la sanción por desacato. La sentencia judicial dejó sentado que el incumplimiento de la orden de rectificación constituye una falta que amerita sanción. En ese sentido, el Juzgado 24 Administrativo del Circuito de Bogotá concluyó que el presidente Gustavo Petro hizo caso omiso a una orden previa emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
En consecuencia, el despacho declaró configurado el desacato, al evidenciar que no se realizó la rectificación en los términos ni en el plazo establecidos, y procedió a imponer la sanción económica.
Este tipo de sanciones, aunque poco comunes en contra de un presidente en ejercicio, están contempladas en la legislación colombiana cuando se evidencia incumplimiento de fallos judiciales.
#ConsejodeMinistros l NOSOTROS NO TENEMOS PORQUÉ PAGAR LAS DEUDAS PRIVADAS DE LOS DUEÑOS DE LAS EPS
— RTVC Noticias (@RTVCnoticias) February 17, 2026
El presidente Gustavo Petro se refiere al caso COOSALUD, informa que acuso al gerente públicamente por extraviar $200.000 millones de esa cooperativa.
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Libertad de expresión vs. responsabilidad institucional
Uno de los argumentos esgrimidos por el presidente ha sido el de la libertad de expresión. Petro ha defendido su derecho a pronunciarse públicamente, incluso de forma crítica, frente a situaciones que considera irregulares. No obstante, expertos han señalado que, si bien la libertad de expresión es un derecho fundamental, este no es absoluto, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos que ostentan altas responsabilidades institucionales. Desde esta perspectiva, las afirmaciones del mandatario, al no estar respaldadas por pruebas judiciales, constituyen una vulneración a los derechos de terceros.
Precedente en medio de tensión institucional
El caso ha generado diversas reacciones en el ámbito político y jurídico, no solo por el contenido de las declaraciones, sino por el hecho de que el presidente haya sido sancionado por desacato.
Para algunos sectores, la decisión reafirma la independencia de la justicia y la vigencia del Estado de derecho. Para otros, plantea interrogantes sobre el alcance de las decisiones judiciales frente al jefe de Estado.
En cualquier caso, el episodio se suma a una serie de controversias en las que el presidente Petro ha utilizado sus redes sociales como plataforma para emitir juicios directos sobre distintos actores del país. La pregunta queda en el tintero: ¿hasta dónde puede llegar la libertad de expresión de un presidente sin afectar derechos fundamentales?



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