Entre las prescripciones del fracasado decálogo del Consenso de Washington, además de la desregulación, la anorexia fiscal y la liberación de la tasa de cambio, están las privatizaciones.
Se parte de la premisa de que el Estado no debe ser empresario, que ello debe reservárselo al sector privado, entre otras razones porque se considera al Estado como un pésimo administrador, amen que las empresas estatales se convierten en una carga para la Nación y fuente de corrupción. Pero, a la postre,las privatizaciones se convirtieron en una fuente de financiación del déficit público, de “rodar hacia atrás el Estado”, como lo planteó Ronald Reagan, privatizando las ganancias y socializando las pérdidas.
Colombia ha seguido sin solución de continuidad a pie juntillas este recetario, pues aunque ha habido cambios de Gobierno, no ha habido cambio de política económica, la cual ha estado inspirada en el credo Neoliberal. (Entrevista: Mirada panorámica a la economía de Colombia con Amylkar Acosta)
Con la expedición de la Constitución Política de 1991 se le allanó el camino a este modelo económico con todas sus consecuencias. El artículo 32 original de la Constitución de 1886 fue reformado primero a través del Acto Legislativo 01 de 1936 consagrando el principio de la intervención del Estado en la economía “por medio de leyes”; posteriormente, mediante el Acto Legislativo 01 de 1945 se dijo que dicha intervención se haría “por mandato de la Ley”.
Y en desarrollo de tales normas el Estado incursionó en múltiples actividades económicas, creando empresas, promoviéndolas o fomentándolas, a lo cual contribuyó también el Acto Legislativo 01 de 1968, el cual le abrió el camino al Estado para la creación de establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, amén de las sociedades de economía mixta. (Columna: El PIPE)
En ello jugó un papel muy importante el Instituto de Fomento Industrial (IFI); aupado por el pensamiento de Raúl Prebish, entonces Secretario ejecutivo de la CEPAL. Pero, la Constituyente de 1991 dio un giro radical, pues si bien mantuvo la intervención del Estado “en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes”, a través del artículo 334 de la Carta, en materia de servicios públicos dejó abierta la posibilidad en su artículo 365 que su prestación puede ser prestado por el Estado “directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares”.
Las primeras privatizaciones se justificaron con el socorrido argumento de la ineficiencia de las empresas, de su clientelización y por considerar que eran un foco de corrupción. Pero, después que el Estado se desencartó de aquellas empresas que supuestamente constituían un lastre para las finanzas del Estado, como fueron Telecom, casi todas las distribuidoras de energía y CARBOCOL, entre otras, siguió con aquellas de las que no se podía predicar lo mismo, es el caso de ECOGAS y un porcentaje del 20 % de ECOPETROL.
En todo caso, en Colombia se ha recurrido a las privatizaciones con el fementido propósito de corregir el desequilibrio fiscal, cuando no de asumir el Estado el papel del buen samaritano, como es el caso de la nacionalización y posterior venta de bancos cuando estos entran en crisis, no sin antes solventarlos con los dineros de todos los contribuyentes. (Columna: El vaso medio lleno o medio vacío)
Después de dos intentos fallidos de obtener de parte del Congreso de la República las facultades para vender otro 10% de la participación del Estado en ECOPETROL, ahora el turno es para ISAGEN, la que ha su vez ha tenido que sortear varias embestidas tendientes a enajenar el 57.6% de las acciones de la misma. Aduce esta vez el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, como justificación para vender su participación en esta empresa que “la labor del Gobierno en ISAGEN ya está culminada”.
En este caso el discurso es otro, ya que dado su excelente manejo, no podían alegar razones de ineficiencia, clientelismo o corrupción. Basta con decir que en 2012 su utilidad neta fue de $460 mil 903 millones, para un margen neto del 27% (¡!) y un margen ebitda del 35% (¡!).