CONtexto Ganadero - Una lectura rural de la realidad colombiana

columna

«La Impunidad Total»

por: José Félix Lafaurie Rivera- 31 de Diciembre 1969


Como si no tuviéramos suficiente con la impunidad de la JEP, las revelaciones de los medios sobre acuerdos secretos entre el Gobierno y bandas criminales –los congelados–, no son apenas otro de tantos escándalos con que este gobierno cierra con “broche de lata” su gestión, sino la evidencia de que, bajo el ropaje de la “Paz Total”, se construía un plan escondido de “Impunidad Total”, amparado en normas para debilitar aún más la justicia y favorecer a los criminales que compartían tarima con el Gobierno.

Por esa razón, María Fernanda Cabal acudió nuevamente a la Corte Constitucional para demandar la Ley 2272 de 2022, mal llamada de “Paz Total”, por sus graves vicios de trámite y por las facultades inconstitucionales que le otorgó al Ejecutivo.

Los vicios de trámite fueron de bulto. La Ley nació en una plenaria casi clandestina, pasada la medianoche y citada con quince minutos de antelación, para votar una conciliación que revivía artículos derrotados. Además de omitir el concepto previo del Consejo Superior de Política Criminal, aquello fue una burla a la deliberación democrática, pues se forzó una conciliación que desconoció la voluntad de la Cámara, que ya había negado unas facultades exorbitantes al Ejecutivo.

Tales facultades exorbitantes y, por ello, inconstitucionales, diluyeron la diferencia entre negociación política y sometimiento a la justicia, aunque, si me preguntan, ya no debería existir sino la segunda, porque ningún grupo armado dedicado al narcotráfico –y todos lo están– merece la prerrogativa de una negociación política.

El último intento, en el cual inclusive participé, fue con el ELN, pero ya está bien, pues la realidad es que hace años que en Colombia no existen “organizaciones insurgentes”, y no podemos repetir la vergüenza de la entrega total del Estado de Derecho que protagonizó Santos en las negociaciones con las Farc, con asalto a la democracia incluido por el desconocimiento de la voluntad popular en las urnas. De otra parte, la Ley 2272 más parece un manual práctico para sacar bandidos de las cárceles a negociar la paz mientras hacen la guerra.

De ahí la importancia de que esa norma se caiga por dictamen de inexequibilidad, para lo cual es menester que la Corte Constitucional, sin abandonar la consideración “en abstracto” de las normas frente al texto de la Carta, vuelva un poco los ojos a la realidad “concreta” de violencia que vive el país y a la urgencia de perseguirla con efectividad. Cabe recordar que, en su momento (2023), la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte declarar la inexequibilidad total de la norma.

Abora bien, el presidente electo, como responsable exclusivo de la preservación del orden público y, por ello, de la dirección de los procesos de paz (Ley 418/97, art. 10), ha anunciado la suspensión de toda negociación en curso y la derogatoria de todas las providencias de suspensión de órdenes de captura, con lo cual se podría decir que la Ley 2272 de 2022, de la Paz Total, o mejor, de la Impunidad Total, se caería por sustracción de materia.

Sin embargo, una sentencia de inexequibilidad no sería apenas simbólica, sino el mensaje social de que la Ley, como expresión del Orden que pregona nuestro escudo y norma máxima de convivencia, no responde solamente a manipulados procesos legislativos y fríos exámenes de constitucionalidad en abstracto, sino a la realidad, expectativas y angustias de los ciudadanos …

Porque, además, en nuestro caso de paz esquiva y crónica violencia, ese ciudadano que la cumple…, también espera que la ley lo defienda de quienes no la acatan.

Nota Bene: Hablando de impunidad total, Timochenko en España… sin comentarios.

@jflafaurie