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Solo ganado identificado podría movilizarse en frontera con Venezuela

CONtexto ganadero 07 de Mayo 2025
Bovinos y bufalinos en zonas de frontera con Venezuela, deberán portar dispositivos de identificaciónFoto: minagricultura.gov.coLa medida comenzaría a regir de forma gradual desde octubre de 2025 hasta mayo de 2028, según el cronograma establecido por el ICA en el proyecto sometido a consulta.

El ICA prepara una resolución que hará obligatorio el uso del Dispositivo de Identificación Nacional (DIN) para movilizar bovinos y bufalinos en departamentos y municipios cercanos al vecino país. La medida busca prevenir un eventual reingreso del virus de fiebre aftosa desde el país vecino y proteger el estatus sanitario del hato colombiano.


Con el fin de proteger el estatus de país libre de fiebre aftosa con vacunación, Colombia reforzará el control a la movilización de ganado en la frontera con Venezuela.

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) tiene en consulta un borrador de resolución que exigirá el uso obligatorio del Dispositivo de Identificación Nacional (DIN) en cinco departamentos limítrofes: La Guajira, Cesar, Arauca, Vichada y Norte de Santander, además del municipio de Cubará (Boyacá).

El propósito es minimizar el riesgo de reintroducción del virus, dado el endemismo de fiebre aftosa en el vecino país. (Lea en CONtexto ganadero: Se cumplen 20 años de la ley que dio vida a la identificación del ganado en Colombia)

“Debido al endemismo de fiebre aftosa existente en la República Bolivariana de Venezuela, existe la probabilidad de reingreso de este virus a las poblaciones susceptibles en Colombia, situación que coloca en riesgo las zonas libres certificadas y la economía ganadera del país”, sostiene el borrador de la resolución, actualmente sometido a comentarios del sector.

La nueva normativa, que modificaría el artículo 4 de la Resolución ICA 110321 de 2021, entraría en vigor el 31 de mayo de 2028 y establece dos obligaciones clave para la movilización de animales:

1. Estar identificados con el DIN.

2. Ser inspeccionados por el ICA en el momento del embarque, para verificar la identificación de los animales y el precintado de los vehículos, según el artículo 9 de la Resolución ICA 8940 de 2024.

Los bovinos y bufalinos movilizados en zona de frontera deberán portar el Dispositivo de Identificación Nacional (DIN) como medida sanitaria preventiva. Foto: Fedegán-FNG

Los bovinos y bufalinos que se desplacen hacia concentraciones fuera de estos departamentos también deberán portar el DIN, el cual será revisado en el destino. Para los traslados dentro de la zona controlada, la exigencia se implementará de forma progresiva:

  • Menores de 6 meses: a partir del 31 de octubre de 2025
  • Menores de 12 meses: desde el 31 de mayo de 2026
  • Menores de 2 años: a partir del 31 de mayo de 2027
  • Menores de 3 años: desde el 31 de mayo de 2028

Colombia ha mostrado avances en el control de la enfermedad, como reveló un estudio de inmunidad en las zonas de frontera con el vecino país. (Lea en CONtexto ganadero: ¡Buenas noticias! Colombia demuestra inmunidad contra aftosa en frontera con Venezuela)

Edilberto Brito Sierra, subgerente de Protección Animal del ICA, durante la 51.ª Reunión de la Cosalfa, realizada el pasado 31 de marzo en Santa Cruz, Bolivia, destacó estos avances.

“Se recolectaron 13.496 muestras de bovinos en 486 predios ubicados en 76 municipios de los departamentos de Arauca, Cesar, La Guajira, Norte de Santander y Vichada y los resultados fueron positivos”, reveló.


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