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Foto: Página del ganadero

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La ganadería bovina y la reforma tributaria

Por - 27 de Enero 2013

La Reforma trae efectos de gran trascendencia para la actividad ganadera bovina ya que los productores serán responsables de IVA en el Régimen Común.


La Reforma trae efectos de gran trascendencia para la actividad ganadera bovina ya que los productores serán responsables de IVA en el Régimen Común.

Propender de manera decidida por la formalización de los diferentes sectores económicos para que mejoren su competitividad y aprovechen las oportunidades de los nuevos escenarios de comercio exterior que traen los Tratados de Libre Comercio –TLC-, es el objetivo planteado por el Gobierno Nacional con la Reforma Tributaria.

La recién aprobada Reforma Tributaria -Ley 1607 de 26 dediciembre de 2012- fuera de promulgar una rebaja de los impuestos parafiscales con incidencia directa en los costos de nomina para incentivar la creación de empleo, reducir los niveles de las tarifa para el pago del impuesto a la renta y establecer mayor equidad en las cargas fiscales para la población, también impuso un esquema fiscal para los ganaderos de la especie bovina que los lleva

Efectos para la ganadería bovina

La Reforma Tributaria plantea para los ganaderos importantes modificaciones, las cuales merecen analizarse para una mejor orientación de los mismos. Veamos. A la luz de lo establecido en el artículo 424 del Estatuto Tributario anterior, los animales vivos de la especie bovina se encontraban clasificados como “bienes excluidos”, es decir, que era un bien sobre el cual en sus transacciones no se cobraba IVA ya que sobre el mismo no existía tarifa aplicable.

Esto significa que el IVA pagado por los productores ganaderos en relación con los insumos requeridos para el proceso productivo, no era susceptible de ser descontado y su valor se contemplaba en el costo del bien final, en este caso el animal vivo, lo cual por supuesto incidía en su precio de venta, el cual se incrementaba.

La Reforma actual -Ley 1607 de 2012- determinó que los animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia, pasaran del régimen de bienes excluidos al de exentos, lo cual se explica en buena parte por el propósito planteado de buscar un mayor nivel de formalización en los diferentes sectores de la economía nacional. a una benéfica formalización.