ganaderia, ganaderia colombia, ganaderia colombiana, contexto ganadero, noticias ganaderas, noticias ganaderas colombia, sanidad e inocuidad, plantas de sacrificio, INVIMA, ganaderos, ganaderos colombia
Foto: Vanguardia Liberal

Cargando...

¿Para qué se modificó el Decreto 1500?

Por - 14 de Noviembre 2019

El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Valencia Pinzón, sostuvo que esta modificación permite atacar la ilegalidad y no desincentivar la inversión privada en las plantas de sacrificio animal.


El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Valencia Pinzón, sostuvo que esta modificación permite atacar la ilegalidad y no desincentivar la inversión privada en las plantas de sacrificio animal.

El Gobierno Nacional expidió el pasado 29 de octubre el Decreto 1975 de 2019, el cual modifica el Decreto 1500 de 2007, con el propósito de asegurar el abastecimiento y la inocuidad en las plantas de sacrificio animal de los diferentes municipios del país, entre otros. (Lea: Gobierno modifica el Decreto 1500 de 2007)

De acuerdo con el ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Valencia Pinzón, “el proyecto tiene tres objetivos básicos:

1. Asegurar el abastecimiento y la inocuidad de los alimentos,

2. Atacar la ilegalidad

3. No desincentivar la inversión privada que ha cumplido con los requisitos del Decreto.

Otro de los propósitos es mejorar las condiciones sanitarias de las plantas de beneficio en los municipios categoría 5 y 6, y por tanto, mejorar el status sanitario del país, agregó el ministro.

Específicamente esta norma le permite al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) hacer la verificación sanitaria y establecer los lineamientos para la emisión del concepto sanitario por parte de la entidad territorial para las actividades de expendio, almacenamiento y transporte de carne y productos cárnicos comestibles y revisar en caso de ser necesario el número de cabezas de ganado permitido y el rango de municipios que se pueden atender.

La nueva norma también define los lineamientos para la reclasificación de las plantas de beneficio ubicadas en municipios de categoría 5 y 6, y convertirlas en plantas de autoconsumo. Esto siempre y cuando no existan plantas de beneficio de categoría nacional en estos municipios y teniendo en cuenta las condiciones de abastecimiento en el municipio.

Es importante tener presente que mientras las plantas de beneficio obtienen la autorización sanitaria de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 1500, el Invima tendrá la potestad de emitir un concepto sanitario de funcionamiento como mecanismo de transición.

Igualmente, las plantas de beneficio tendrán un plazo de 24 meses para tramitar y obtener las autorizaciones sanitarias a partir de la publicación de los lineamientos definidos por el Invima.

Las más vistas