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Por decisión judicial vuelve el reempaque de leche en polvo

Por - 01 de Marzo 2023

Sentencia proferida por el Consejo de Estadio eliminó la prohibición del reempaque de leche en polvo pese a los argumentos del Gobierno respecto a los peligros que comporta. Fedegán insta al Gobierno Nacional a proteger a los productores de leche, a la industria procesadora y a los consumidores nacionales


Sentencia proferida por el Consejo de Estadio eliminó la prohibición del reempaque de leche en polvo pese a los argumentos del Gobierno respecto a los peligros que comporta. Fedegán insta al Gobierno Nacional a proteger a los productores de leche, a la industria procesadora y a los consumidores nacionales

El Consejo de Estado, mediante Sentencia, declaró nula la prohibición de reempaque de leche en polvo en el país que estaba vigente en el reglamento técnico sobre los requisitos que debe cumplir la leche para el consumo humano (Decreto 616 del 28 de febrero de 2006 proferido por el Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio de Salud y Protección Social).

Este reglamento señala las condiciones que debe cumplir la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el país.

El parágrafo 2º del artículo 47 de este Decreto prohíbe el reempaque de leche en polvo y dice que el empaque de la leche en polvo sólo se podrá realizar en los establecimientos donde se procesa con autorización sanitaria.

Frente a esta Sentencia la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) indicó que “afecta a cerca de 700.000 ganaderos en todo el territorio nacional, a millones de consumidores de leche y derivados lácteos y a cientos de industriales procesadores de leche y derivados lácteos, grandes generadores de empleo en el país, sin descontar que este fallo pone en riesgo la salud pública.

Por ello insta al Gobierno Nacional a proteger a los productores de leche, a la industria procesadora y a los consumidores nacionales

Lafaurie Rivera explica que con la prohibición del reempaque (el parágrafo 2º mencionado) se quería prevenir que se comercializara leche en polvo adulterada, alterada, falsificada, contaminada o con fecha de vencimiento caducada o cercana al vencimiento y que, por el reempaque, se camuflara con nuevas fechas de vencimiento que no dan seguridad al consumidor en cuanto a la inocuidad del producto.

Agrega que la medida lo que buscaba era que quienes que procesan y empacan leche en polvo tuvieran una autorización sanitaria para “evitar empresas que puedan evadir la facultad de inspección, control y vigilancia”.

Otro aspecto de la determinación del Consejo de Estado que genera gran preocupación tanto en la cadena productiva como en los Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y Desarrollo Rural y de Salud y Protección Social, es la no disponibilidad de un sistema de calidad por parte de algunas de las empresas que reempacan, y por la imposibilidad de tener una trazabilidad de la leche en polvo.

“Compartimos las preocupaciones de las dos carteras ministeriales en el sentido de que algunas de las empresas que reempacan leche en polvo en el territorio nacional no disponen de sistemas de control de calidad y por lo tanto no es posible efectuar una trazabilidad soportada de la leche en polvo que permita respaldar la inocuidad del producto y su procedencia”.

Los peligros del reempaque

A este respecto el Ministerio de Salud y Protección Social expresó, en la contestación de la demanda, “que los análisis de laboratorio efectuados a leche en polvo reempacada detectaron la presencia de lactosueros, maltodextrinas, azucares y almidones, ingredientes prohibidos para la leche en polvo porque se convierte en un alimento adulterado de conformidad con el literal a) del artículo 2° del Decreto núm. 3075 de 1997”.

Por su parte, el Ministerio de Salud sostuvo que “durante la inspección, vigilancia y control se detectó el reempaque de leche en polvo importada con fecha de vencimiento caducada; sin contar que en la actualidad el INVIMA declaró la pérdida de fuerza ejecutoria de los registros sanitarios que concedió para empacar y vender leche en polvo”.

Fallo afecta la salud pública

El alto tribunal le dio la razón a quien solicitó la acción de nulidad, argumentando que el Gobierno sí excedió sus facultades al imponer una medida discriminatoria contra la libre empresa. En consecuencia, falló a favor del demandante cuya pretensión era que se declarara la nulidad del parágrafo 2º del artículo 47 del Decreto 616 del 28 de febrero de 2006.

“Al prohibir el reempaque de la leche en polvo se impidió que pequeñas empresas que procesaban el producto para la elaboración de otros derivados de la leche pudieran seguir desarrollando esta actividad económica. Todo esto en favor desproporcionado de los intereses de las grandes empresas que compiten en este mercado”, advirtió la demanda.

Lafaurie Rivera considera que no se vulneró tal derecho como lo afirmó el demandante al que el Consejo de Estado le halló la razón, pero si falló en contra de la salud pública, con la gravedad de que al ser una sentencia de única instancia, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, ordenó archivar el expediente.

Por lo anterior José Félix Lafaurie solicitó a los ministerios de Salud y Protección Social y de Agricultura y Desarrollo Rural “velar por la salud pública al realizar los ajustes pertinentes a la reglamentación técnica consignada en el Decreto 616 y el parágrafo que se derogó, teniendo en cuenta temas como inocuidad y el vencimiento de los productos reempacados que reciban los consumidores y en la implementación de un Sistema Nacional de Trazabilidad de leche en polvo y lactosueros”.

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