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Ojo: Solo en estos casos se autoriza vacunación contra fiebre aftosa o brucelosis bovina por fuera del primer ciclo

Por CONtexto ganadero - 13 de Junio 2023

Conozca los casos en que el ICA autoriza vacunación extra ciclo


De acuerdo con la Resolución No. 00006231 del 2 de junio de 2023, expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, “... a partir de la fecha de finalización del ciclo sólo se autorizarán vacunaciones estratégicas contra fiebre aftosa y brucelosis bovina cuando no hubiese sido posible realizar la vacunación de los animales dentro del ciclo previa aprobación del ICA, en determinados casos.

La vacunación estrategia determina una forma de gestionar el riesgo sanitario y contribuir a mantener el estatus sanitario del país como medida de prevención y erradicación de la fiebre aftosa y brucelosis bovina, razón por la cual estas vacunaciones. señala la entidad, deben desarrollarse en ciertos eventos o circunstancias especiales.

El ente rector de la sanidad animal en Colombia argumenta que es necesario establecer estrategias que permitan generar la gestión del riesgo sin que existan causales para dar inicio al Proceso Administrativo Sancionatorio y el establecimiento de medidas sanitarias por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito así mismo por actuaciones no imputables al responsable sanitario.

Que el marco de los nombrados principios se hace indispensable su aplicación en las actuaciones del Instituto Colombiano Agropecuario – ICA para evitar desgaste de recursos económicos y humanos al iniciar procesos administrativos sancionatorios en los cuales no derive la responsabilidad del ganadero y de esta forma obtener como resultado la optimización en gestión administrativa de la entidad.


Las causales


El ICA autorizó vacunaciones estratégicas contra fiebre aftosa y brucelosis bovina cuando no hubiese sido posible realizar la vacunación de los animales dentro del ciclo previa aprobación del ICA, en los siguientes casos:

  1. Como consecuencia de fenómenos climáticos o naturales.
  2. A causa de la afectación del orden público en la zona de ubicación del predio.
  3. Por síntomas de enfermedades vesiculares o declaratoria de cuarentena del predio.
  4. Por fuerza mayor, caso fortuito o justa causa demostrada por el responsable sanitario de los animales.
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