La producción de lácteos artesanales ha dado pasos gigantes en Argentina, donde ya están incluidos dentro del Código Alimentario. El objetivo de esta medida es considerar las particularidades de la producción de leche y elaboración de lácteos de pequeña escala excluidos en la normativa vigente.
De acuerdo a lo encontrado por Agritotal.com, la cartera rural especialmente, Los Ministerios de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Salud, resolvieron conjuntamente incorporar la elaboración artesanal de productos lácteos dentro del Código Alimentario Argentino. (Lea: Argentina busca exportar más lácteos a Malasia y abrir el mercado de carne)
Esta nueva medida fue firmada a través de la Resolución Conjunta 10/2021 firmada por la Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional y por la secretaria de Calidad en Salud se incorporó el artículo 60 bis al Capítulo II “Condiciones Generales de las Fábricas y Comercios de Alimentos” del Código Alimentario Argentino que establece cuáles son las características particulares de los Establecimientos Lácteos de Elaboración Artesanal.
El artículo incorporado define a los establecimientos artesanales como aquellos que producen hasta un máximo de 5.000 litros diarios anualizado y hasta 1.000 litros por día por operario de producción y donde la intervención directa del elaborador es el componente sustancial del producto terminado.
En este sentido, el Secretario de Alimentos, Bioeconomia y Desarrollo Regional, Marcelo Alós señala que “la norma tiene en cuenta las realidades productivas asociadas al tipo de ganadero de baja escala dando respuesta a una realidad productiva”. (Lea: En Argentina crean máquina que pasteuriza la leche envasada)
El funcionario añade que “se trabajó en forma conjunta con la Secretaria de Agricultura Familiar, Campesino e Indígena y con el SENASA, así como con las provincias, estableciendo requerimientos de infraestructura acorde para los establecimientos Lácteos de Elaboración Artesanal sin desatender los principios de sanidad animal, higiene, buenas prácticas, cuidado ambiental e inocuidad alimentaria”, expone.
Con esta medida interministerial se dio “un paso adelante para que la producción láctea semi artesanal se formalice con estándares sanitarios de calidad para así contribuir a asegurar la salud pública, generando alimentos a baja escala pero con las medidas higiénico sanitarias adecuadas
El portal Agritotal.com detalla cuales son los requerimientos de infraestructura para esos establecimientos, adecuando su escala de producción sin desatender los principios de sanidad animal, higiene, buenas practicas, cuidado ambiental e inocuidad alimentaria.
El Secretario Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) en conjunto con la dirección de Lechería y la subsecretaria de Agricultura Familiar y Desarrollo Territorial trabajaron en la normativa con el apoyo de expertos de diversas instituciones, en consulta con fuentes prestigiosas y referentes en la materia, productores nacionales e internacionales. (Lea: Productores e industria buscan elevar el consumo de leche per cápita en 170 litros al año)
Fuente: Agritotal.com