etiquetas
Foto: ELTIEMPO.COM

Cargando...

Alimentos ultraprocesados deberán contar con etiqueta frontal obligatoria

Por - 15 de Diciembre 2022

​​​​​​​El Ministerio de Salud dejó en firme el etiquetado frontal para los alimentos envasados y ultraprocesados, a través de la Resolución 2492 de 2022.


El Ministerio de Salud, a través de la Resolución 2492 de 2022, dejó en firme el etiquetado frontal para los alimentos envasados y ultraprocesados.

El Ministerio de Salud, a través de la Resolución 2492 de 2022, reglamentó de forma definitiva el etiquetado frontal para los alimentos de consumo humano envasados y productos alimenticios procesados y ultraprocesados que se comercializan en Colombia.

Como ya se ha visto en algunos empaques, las características de las etiquetas serán en fondo negro y letras blancas, “Estamos reconociendo en esta resolución como reglamentación el sello octagonal con fondo negro, donde se habla del exceso de grasas trans y también el exceso de edulcorantes, de tal manera que esto tenga impacto positivo en la alimentación de ciudadanos, niñas y niños”. (Ver: ¿Comida procesada pone en ‘jaque’ salud de colombianos? )

Así lo manifestó la jefe de la cartera, Carolina Corcho, quien explicó que el objetivo de estas etiquetas es que la ciudadanía pueda ver estos sellos y así tomar decisiones de compra para elegir una alimentación más saludable, en aras de cumplir también con el fallo del Consejo de Estados sobre el tema.

La resolución confirma que el etiquetado frontal, previa recomendación de la Universidad de Antioquia, será de forma octagonal, de color negro, con borde blanco y ubicado en el tercio superior del panel principal de exhibición con la palabra ‘Exceso’.

También establece que las disposiciones establecidas tendrán que ser implementadas dentro de los seis meses siguientes a la fecha de publicación de este documento, para lo cual, las empresas deberán adaptar sus procesos y productos de acuerdo con las indicaciones.

“A partir del 15 de junio de 2024 los alimentos envasados y empacados que no cumplan con el etiquetado nutricional y frontal de advertencia establecido en el reglamento técnico deberán ser retirados del mercado por el productor o comercializador”, señala la resolución.

Etiquetado en envases retornables

Debido a la gran cantidad de tiempo que puede tomar el cambio de etiquetas en los envases retornables, la resolución también define que para el caso de los envases retornables se otorgará un tiempo de cinco años contados a partir de la fecha de publicación de este documento, para que las compañías puedan lograr el cumplimiento de las condiciones previstas en este reglamento, pero esta medida no los excepciona de etiquetar el producto, ya que la resolución es precisa al indicar que se debe poner ya sea con un adhesivo.

“Sin embargo, a partir del 16 de junio de 2023, el sello frontal de advertencia se deberá colocar en la tapa para los envases retornables que no puedan etiquetarse en la cara frontal, o con un adhesivo o en el envase secundario”, señala la resolución.

Las más vistas

nelore-ciclo-corto

Cómo identificar un bovino nelore

PorCONtexto ganadero-20 de Marzo 2024