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Foto: ICA.

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ICA cancelará registros de predios pecuarios en áreas de parques naturales

Por - 12 de Mayo 2022

A través de la Resolución 007067, la autoridad sanitaria cumplirá el mandato de la Corte Suprema de Justicia y los mandatos del Gobierno, de retirar los animales que estén en esas áreas protegidas.


A través de la Resolución 007067, la autoridad sanitaria cumplirá el mandato de la Corte Suprema de Justicia y los mandatos del Gobierno, de retirar los animales que estén en esas áreas protegidas.

Con el fin de contribuir en la lucha contra la deforestación en las áreas del Sistema de Parques Naturales Nacionales y los Parques Naturales Regionales del país, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), estableció medidas encaminadas a la cancelación de los Registros Sanitarios de Predios Pecuarios (RSPP) de los productores y predios que desarrollen su actividad ganadera en estas áreas del territorio nacional. (Lea: Ganaderos cierran filas para defender el trabajo ambiental que han realizado)

Así lo dio a conocer la entidad, a través de la resolución 007067 del 2 de mayo del 2022, en cumplimiento a la orden de la Corte Suprema de Justicia, las directrices de la Presidencia de la República y la Procuraduría General de la Nación.

“Es así como las personas naturales o jurídicas que tengan bovinos y bufalinos en estas áreas protegidas, tendrán que retirar sus animales, bien sea con destino a planta de beneficio o a un predio con registro sanitario que esté fuera de estas zonas, y movilizarlos con su respectiva guía sanitaria de movilización interna de animales (GSMI)”, indicó Juan Fernando Roa Ortiz, gerente general (e) del ICA. 

Los responsables de los animales tendrán un plazo de 90 días, contados a partir de la publicación de la resolución, para efectuar la salida de las especies sin ser objeto de sanciones, multas e incautación por parte de las autoridades competentes. (Lea: Ideam y la Policía, unidos en la lucha contra la deforestación)

De acuerdo con lo establecido en la normativa, previo a cancelar los RSPP, el ICA bloqueará los predios que desarrollan actividades ganaderas de bovinos y bufalinos dentro de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales o Regionales, para lo cual se tendrá en cuenta lo siguiente:

El ICA remitió a Parques Nacionales Naturales y a las Corporaciones Autónomas Regionales del país los archivos planos de los ciclos de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina, con el fin de que las autoridades ambientales identifiquen la cantidad de predios que desarrollan actividades ganaderas dentro de las áreas protegidas.

Una vez validados y oficializados los predios, el ICA realizará el bloqueo permanente de los Registros Sanitarios de Predio Pecuario en el Sistema de Información Oficial para el control de la movilización, con el propósito de evitar el ingreso y salida de animales desde, hacia y entre estas zonas, y adelantará las medidas administrativas tendientes a la cancelación definitiva de estos registros. (Lea: Disidencias de las Farc están destruyendo la Amazonía: Fiscalía)

Las veredas cuyo territorio se encuentren en su totalidad dentro de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Regionales, de acuerdo con la información proporcionada por Parques Nacionales Naturales o las Corporaciones Autónomas Regionales del país, serán bloqueadas en el Sistema de Información Oficial para el Control de la Movilización.

Una vez superada la transitoriedad de 90 días establecida en la Resolución 007067, el ICA apoyará la intervención de las autoridades ambientales para la salida efectiva de los bovinos y bufalinos que se encuentren dentro de las áreas, previa solicitud o requerimiento escrito por parte de las autoridades competentes, mediante la emisión de conceptos sanitarios o la disposición de la medida sanitaria de sacrificio, de conformidad con el procedimiento definido para tal fin, y teniendo en cuenta que al no existir vacunación oficial en estos territorios se constituyen en un riesgo sanitario.

La medida sanitaria de sacrificio también aplicará para los bovinos y bufalinos que, durante su movilización, hagan tránsito por estas áreas, sin las respectivas GSMI o que la mismas presenten vencimiento o adulteraciones, la cual deberá realizarse en la planta de beneficio más cercana autorizada por INVIMA. (Lea: Drásticas medidas para evitar la financiación de la deforestación)

El ICA informa que, durante el primer ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa, la brucelosis bovina y la rabia de origen silvestre que iniciará el próximo 23 de mayo, se inmunizarán la totalidad de los animales en donde aplique la vacunación. Sin embargo, para el segundo ciclo del 2022, la autoridad sanitaria excluirá estas zonas o predios ubicados dentro de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Regionales.

Es importante resultar que se exceptúa de esta medida a la población campesina en condición de vulnerabilidad que tengan acuerdos vigentes celebrados con las autoridades ambientales en aplicación del artículo 7º de la Ley 1955 de 2019 (Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad).

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