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Foto: Fedegán-ICA.

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Sanciones por no vacunar, un asunto de cuidado

Por - 22 de Mayo 2020

Desde el pasado 7 de mayo empezó regir en el país el Manual del Proceso Administrativo Sancionatorio, PAS, adoptado por el ICA y con el cual los productores que se nieguen a vacunar durante el ciclo de vacunación contra aftosa pasarán de pagar multas mucho más elevadas que las de otrora.


Desde el pasado 7 de mayo empezó regir en el país el Manual del Proceso Administrativo Sancionatorio, PAS, adoptado por el ICA y con el cual los productores que se nieguen a vacunar durante el ciclo de vacunación contra aftosa pasarán de pagar multas mucho más elevadas que las de otrora.

No vacunar a los animales durante los ciclos de vacunación anteriores costaba un salario diario vigente, pero desde el pasado 23 de abril y a través de la Resolución No.065768, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, adoptó el Manual del Proceso Administrativo Sancionatorio, PAS, que empezó a regir desde el pasado 7 de mayo. (Lea: Ganadero, cuidado con las sanciones por no vacunar)

Esta herramienta derivada de las facultades otorgadas por los artículos 156 y 157 de la Ley 1955 de 2019 o Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia pacto por la equidad”, permitirá la unificación de criterios para imponer sanciones ejemplarizantes a los infractores de las diferentes disposiciones sanitarias proferidas por la entidad.

Al respecto la gerente general del ICA, Deyanira Barrero León, recalcó que “esta estrategia nace de la necesidad de fortalecer la potestad sancionatoria del ICA, como autoridad sanitaria y fitosanitaria del país, y de la lucha constante contra la ilegalidad en el sector agropecuario. Con esto se buscamos preservar la cultura sanitaria en Colombia y castigar a los infractores de las normas”.

Según Juan Fernando Roa, jefe de la oficina jurídica del ICA, entre 2017 y 2019, se impulsaron 663 procesos sancionatorios contra ganaderos, pero a partir de este ciclo, el productor que no quiera vacunar se arriesga a recibir una sanción económica más alta que la de años atrás. (Lea: Hay ganaderos que no vacunan contra aftosa, a pesar de sanciones)

¿Esto qué significa? El ICA podrá imponer sanciones a los ganaderos que no vacunen sus animales a partir del primer ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina, que empezó este 18 de mayo y que concluye el próximo primero de julio de 2020.

Estas sanciones van desde un salario mínimo mensual legal vigente, lo que corresponde a $877.803, y hasta 10 mil salarios mínimos mensuales legales vigentes. Anteriormente, el ganadero que no cumpliera con la vacunación de sus animales era multado con un salario diario legal vigente, por cada animal no vacunado que corresponde a $29.260.

“La invitación por parte de la autoridad sanitaria y Fedegán-FNG es para que los ganaderos vacunen, se eviten procesos administrativos y por ende multas que afectarán gravemente sus bolsillos. Además, podrán la entidad está estudiando otras sanciones, para que endurezcan aún más las multas a quienes se nieguen a adelantar el proceso de inoculación”, remató Roa. (Lea: Conozca las sanciones por no vacunar contra la Fiebre Aftosa)