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Foto: gob.pe.

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Por COVID-19, familias rurales de Perú recibirán auxilio por USD 225

Por - 24 de Abril 2020

Con esta norma, el país destinó un presupuesto USD 247 millones para atender pago del subsidio.


Con esta norma, el país destinó un presupuesto USD 247 millones para atender pago del subsidio.

El Gobierno del Perú oficializó el Decreto de Urgencia sobre la entrega de un subsidio monetario de 760 soles (unos USD 225) a favor de hogares del sector rural, que pertenecen, principalmente, a la agricultura familiar, y cuya medida beneficiará a un millón 98 mil hogares rurales a nivel nacional. (Lea: En Chile piden no cerrar las plazas de mercado)

La agricultura familiar es una de las principales actividades económicas del país y produce el 70 % de los alimentos de los 32 millones de consumidores. Se trata de pequeños productores que poseen no menos de cinco hectáreas de cultivos y proveen de alimentos a los mercados.

Por ello, mediante Decreto de Urgencia (DU) No. 042-2020 publicado, se oficializa el subsidio monetario de 760 soles, que beneficiará a un millón 98 000 hogares rurales, cubriendo al 90 % del padrón de estas familias del campo, dedicadas principalmente a la actividad agropecuaria. Con esta norma se destina un presupuesto de 836 millones de soles (USD 247 millones).

El decreto establece que las medidas atenderán a los hogares en condición de pobreza o pobreza extrema en el ámbito rural de acuerdo al Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), de acuerdo a la focalización determinada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis). (Lea: Recomendaciones para la compra, manejo y conservación de las carnes durante la cuarentena)

“Desde el Minagri vamos a poner a disposición del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el sistema de mensajes de texto y otras plataformas para informar a las familias que han sido beneficiadas con el bono rural y que se entregará en una sola armada de 760 soles”, sostuvo el ministro de Agricultura y Riego, Jorge Montenegro al abordar la importancia de la implementación de la medida.

La misma norma señala que Mediante Resolución Ministerial del Midis, aprueba el padrón de los hogares beneficiarios del subsidio monetario, en un plazo no mayor de cinco días calendario a partir de la fecha de la publicación del presente dispositivo legal.

Del mismo modo, se autoriza al Midis, el acceso, uso y tratamiento de datos contenidos en los bancos de datos personales de la planilla privada administrados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como de los trabajadores del sector público administrados por el MEF, entre otras bases de datos provenientes de las entidades estatales que posean datos relevantes para la construcción del padrón. (Lea: FAO entrega consejos para alimentarse y enfrentar el coronavirus)

Además, se encarga al Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, el otorgamiento del subsidio monetario en el ámbito rural. La asignación del subsidio para la protección económica de los hogares se realizará a través del Banco de la Nación y otras entidades financieras privadas en el país.

El subsidio monetario podrá ser cobrado, como máximo hasta treinta (30) días calendarios, posteriores al término de la Emergencia Sanitaria.

El presente Decreto de Urgencia tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020. (Lea: En Europa productores tiran la leche por falta de salida)

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