Persona natural - juridica en la ganaderia
Foto: Fedegán FNG

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Ganadería en Colombia: ¿Es mejor operar como persona natural o jurídica?

Por Melanny Orozco - 21 de Febrero 2025

En un sector donde la estabilidad económica es fundamental, evaluar ambas figuras marca la diferencia entre el éxito y la incertidumbre financiera. Expertos explican sus diferencias.


En el mundo ganadero colombiano, la elección entre operar como persona natural o persona jurídica es una decisión que puede determinar el éxito y la sostenibilidad de la empresa. La legislación colombiana ofrece diversas estructuras legales para los productores agropecuarios, cada una con sus ventajas y desventajas. (Lea en CONtexto ganadero: Conozca los pasos para consolidar una empresa ganadera)

De acuerdo con Alberto Esmeral Ramírez, C. especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social y Magíster en Derecho con énfasis en Derecho Mercantil, ambas figuras deben ser analizadas a la luz de la Ley 1258 de 2008, denominada Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S), que podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.

Ser ganadero como persona natural implica operar la empresa bajo el propio nombre y responsabilidad del productor. Esto conlleva ciertas ventajas, principalmente en términos de simplicidad administrativa y tributaria. Al no requerir una estructura corporativa compleja, los costos iniciales son menores y la toma de decisiones es más ágil.

Sin embargo, el abogado asegura que la principal desventaja radica en la responsabilidad limitada. De acuerdo con la normativa colombiana, una persona natural responde con su patrimonio personal ante cualquier deuda o litigio que surja en el ejercicio de su actividad ganadera.

Esto representa un riesgo, especialmente en un sector en el que los costos operacionales son elevados y las fluctuaciones del mercado, y principalmente los factores climáticos que afectan directamente la producción ganadera, pueden generar pérdidas imprevistas.


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Por otro lado, constituir una empresa ganadera como persona jurídica ofrece una seria de beneficios claves. La S.A.S se ha convertido en una de las estructuras más utilizadas en el sector agropecuario debido a su flexibilidad y protección patrimonial.

Esmeral Ramírez expone que según el artículo 1 de la mencionada ley, la S.A.S es una persona jurídica con responsabilidad limitada, lo que significa que los socios solo responden hasta el monto de sus aportes y no con su patrimonio personal.

Esto reduce los riesgos financieros para los inversionistas ganaderos. Además, la S.A.S permite una estructura organizacional adaptable, que facilita la incorporación de nuevos socios sin las restricciones de sociedades más tradicionales.

En un análisis publicado en el blog Abogado Colombia, estas son algunas de las ventajas de esta figura:

  • El empresario puede fijar las reglas que van a regir el funcionamiento de la sociedad.
  • La creación de la empresa es más fácil.
  • Es posible crear una S.A.S de socio único. Además, hay mayor libertad en la redacción de estatutos y estructura organizativa.
  • Menores costos de constitución y mantenimiento.
  • Facilidad en la toma de decisiones.

Sin embargo, esta estructura también tiene sus desventajas como las menciona el profesional. Por ejemplo, su constitución implica ciertos trámites legales que pueden ser engorrosos para pequeños productores.

Además, las obligaciones tributarias y contables son más estrictas en comparación con la persona natural, lo que requiere una administración financiera más cuidadosa.

Por lo tanto, de acuerdo con Esmeral Ramírez, “la elección entre las figuras de persona natural y persona jurídica en ganadería dependerá del tamaño del negocio, la capacidad de inversión y la aversión o prevención al riesgo de cada productor. Para pequeños ganaderos con operaciones familiares, la persona natural puede ser una opción muy viable debido a la simplicidad y menores costos administrativos”. (Lea en CONtexto ganadero: 7 claves para tener una empresa ganadera “extraordinaria”)

Mientras que las figuras jurídicas como las S.A.S. son un poco más complejas en su implementación y costos, para aquellos que buscan crecer, atraer inversionistas o proteger su patrimonio, la constitución de una S.A.S ofrece una estructura más robusta y segura. La posibilidad de limitar la responsabilidad, acceder a financiamiento y formalizar relaciones comerciales hace que esta figura sea atractiva para proyectos ganaderos de mediana y gran escala.


Mirada de un experto en finanzas

Para Ricardo Arenas, Médico Veterinario, especialista en Finanzas y Negocios Internacionales y productor ganadero, en el país se tiene alrededor de 613.350 predios ganaderos de los cuales cerca del 39.5 por ciento son pequeños ganaderos con menos de 10 animales y si se suma los que tienen menos de 25 se tendría en esta categoría de pequeños ganaderos al 64.3 por ciento de los predios ganaderos del país; por lo que sus operaciones comerciales y financieras no requerirían, en principio, de una figura jurídica diferente a la persona natural, puesto que adicionalmente no deberían incurrir en costos jurídicos y tributarios adicionales.

Por otro lado, solamente el 10.5 por ciento de los ganaderos del país, es decir 64.613 predios ganaderos cuentan con más de 100 animales, a quienes claramente les favorecerían y necesitarían de una figura como la de persona jurídica S.A.S.

Arenas Ovalle advirtió que siendo la ganadería una actividad que tradicionalmente no es de alto riesgo, pero tampoco de amplios márgenes, es necesario ser muy cuidadosos a la hora de aumentar los costos vía impuestos o esquemas operacionales no necesarios. No obstante, este aspecto si debe tenerse en cuenta al momento de ampliar la operación ganadera o de intensificar la producción con inversiones, pues se requiere un modelo empresarial o jurídico más acorde con esa nueva realidad del negocio, de tal forma que facilite el acceso a créditos y financiación externa.