Granja avícola
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En consulta proyecto para ajustar algunas normas en plantas de beneficio de aves

Por - 09 de Febrero 2023

En consulta pública se encuentra el proyecto de resolución por medio del cual se ajustan algunos aspectos referentes a los requisitos sanitarios que deben cumplir las plantas de beneficio de aves de corral.


En consulta pública se encuentra el proyecto de resolución por medio del cual se ajustan algunos aspectos referentes a los requisitos sanitarios que deben cumplir las plantas de beneficio de aves de corral.

La iniciativa es del Ministerio de Salud y Protección Social y hace parte de los cambios que se realizarán al decreto 1500 de 2007 que crea el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos destinados para el consumo humano.

Entre los aspectos a modificar, según el borrador de resolución, está la definición de plantas especiales, que aunque se mantiene como aquellas con capacidad máxima de sacrificio de 3.000 aves por día y cuya carne y productos cárnicos comestibles son destinados para consumo departamental y/o en departamentos limítrofes, pero en ningún caso destinados a la exportación, sí atiende los requerimientos de representantes de algunas de estas empresas que buscan ampliar ese número.

En tal sentido se indica en la nueva norma que “las plantas especiales de aves interesadas en ampliar el volumen de sacrificio hasta el doble de lo establecido deben presentar solicitud al Invima de acuerdo con los lineamientos que para el efecto establezca dicho instituto, respecto a la capacidad del establecimiento en relación con la eficiencia del enfriamiento de la canal y vísceras comestibles, la cual deberá ser autorizada por dicha entidad. En todo caso, se deberá dar cumplimiento de la legislación ambiental aplicable en la materia”. (Lea: Tras cambio de norma, hay 396 plantas pendientes por certificarse en Decreto 1500)

El otro punto que se cambiaría de la actual resolución 241 de 2013 es el numeral 3.5 del artículo 24 que hace referencia a la sección de enfriamiento y empaque y más concretamente a los requisitos para las operaciones.

De acuerdo con el proyecto en consulta el tiempo de permanencia de las canales en los tanques de pre enfriamiento y enfriamiento será el necesario para obtener la temperatura máxima de 4oC, medida en el centro de la masa muscular, procedimiento que debe garantizar la inocuidad del producto.

Las plantas podrán implementar en su proceso, sistemas alternativos de refrigeración de manera que se obtenga una rápida disminución de la temperatura y se garantice la inocuidad del producto. El despacho de las canales y productos cárnicos comestibles debe ser máximo de 4oC.

Este cambio se hace también a solicitud de las plantas que en comunicación al Ministerio plantearon la pertinencia de permitir la implementación de sistemas alternativos de refrigeración, de manera que se obtenga una rápida disminución de la temperatura. (Lea: Influenza aviar y sus consecuencias en la producción avícola, economía y salud pública nacional)

Una vez revisado el tema, se consideró técnicamente viable, al seguir manteniendo, en todo caso, la salida del producto refrigerado a máximo 4°C, garantizando así la inocuidad del producto.

Los comentarios y observaciones a la norma en consulta serán recibidos hasta el próximo 11 de febrero de 2023 a las 6:00 p.m.